Retina Madrid ha participado en la confección de la Carta y hemos estado presentes en el acto de su presentación.

La Defensora de los Pacientes y Usuarios de la Comunidad de Madrid presenta la Carta de Derechos y Deberes de los Pacientes


La propuesta ha sido consensuada con asociaciones representativas de pacientes y usuarios y fundaciones durante dos meses

La Defensora de los Pacientes y Usuarios de la Comunidad de Madrid presenta la Carta de Derechos y Deberes de los Pacientes titulada:

Declaración de Madrid 2004
Madrid es la primera Comunidad Autónoma que aúna los criterios de las sucesivas normativas e incorpora garantías en los campos emergentes de biotecnología y genómica


La Carta de Derechos y Deberes de los Pacientes y Usuarios definirá el estatuto jurídico de pacientes, usuarios y profesionales del Sistema Madrileño de Salud


Los derechos y deberes de colectivos específicos como menores, discapacitados o pacientes terminales, están recogidos en la Carta


Madrid, 29 jul. 04.- La Defensora del Paciente de la Comunidad de Madrid, Margarita Retuerto Buades, presenta la Carta de Derechos y Deberes de los Pacientes y Usuarios del Sistema Sanitario de la Comunidad de Madrid, bajo el título “Declaración de Madrid 2004”, siendo ésta una de las prioridades políticas sanitarias para garantizar la seguridad jurídica a pacientes y profesionales.

La propuesta de participación en la elaboración de la Carta se hizo efectiva, en el primer trimestre del año, a un centenar de asociaciones de pacientes y usuarios y federaciones con sede en nuestra Comunidad. Finalmente, ha sido consensuada con las asociaciones de pacientes y usuarios y federaciones más representativas, mediante jornadas de trabajo, durante dos meses, en las que la Oficina del Defensor del Paciente aportó el esquema monográfico y la documentación básica legislativa. Las conclusiones expresadas en la Carta, fruto de esas sesiones de trabajo con las asociaciones y con una comisión de trabajo representativa de los Servicios de Atención al Usuario de los hospitales de Madrid, se ha remitido a todas las asociaciones y federaciones de nuestra Comunidad. La Carta definirá el estatuto jurídico de pacientes y usuarios del Sistema Madrileño de Salud. Para ello ha sido necesario guardar un riguroso equilibrio entre el respeto a la legalidad vigente y la incorporación de otros planteamientos de vanguardia, no contemplándose éstos en los estatutos de pacientes y usuarios de otras Comunidades Autónomas.

Contenidos de la Carta

La Carta de Derechos y Deberes de los Pacientes y Usuarios refunde toda la normativa existente al respecto, nacional y europea, fijando los criterios para salvar aquellos aspectos que no se adaptan en las sucesivas normativas. Así recoge la normativa de la LOSCAM, Ley Básica de Autonomía del Paciente, Ley de Cohesión y Calidad, el Tratado de Niza, Convenio de Oviedo, los derechos fundamentales contenidos en la Constitución Europea, así como la jurisprudencia del Tribunal Supremo, Tribunal Constitucional, Tribunal Europeo de Derechos Humanos y las conclusiones de la Declaración de Barcelona de mayo de 2003. En ella se incorporan, además, otras garantías a pacientes y usuarios en campos emergentes como la biotecnología y la genómica, y recoge los derechos de colectivos específicos como los discapacitados, los menores de edad, conforme a la Ley 1/1996, de 15 de enero, de Protección del Menor, y los enfermos terminales.

Esta Carta, que se aprobará con posterioridad bajo la forma de estatuto, pretende disminuir las posibilidades de conflicto entre los pacientes o usuarios y el sistema sanitario, generar la seguridad jurídica y la confianza entre las personas que forman parte del sistema sanitario y, por tanto, mejorar la calidad asistencial.

En esencia, la Carta de Derechos y Deberes de los Pacientes y Usuarios es un marco legal que acentúa el derecho a la intimidad de las personas y autonomía del paciente, quién, a su vez, está obligado a un comportamiento de respeto a las instituciones, normas y personas para garantizar la armonía en la relación clínico asistencial.

Catálogo de Derechos y Deberes

La Carta destaca, en sus principios generales, que todas las actuaciones del sistema sanitario y sus profesionales estarán inspiradas por los principios de dignidad de la persona, de intimidad, de no discriminación y de respeto a la autonomía de la voluntad de los pacientes. Y añade que, todas las actividades de los actores implicados se dirigirá hacia la humanización de la asistencia, dignidad en el trato, y la no estigmatización o discriminación de los pacientes por padecer determinadas enfermedades, pertenecer a colectivos, o por características genéticas.

El Catálogo de Derechos de los Pacientes y Usuarios establece doce enunciados donde se recogen los derechos de éstos en diferentes aspectos del ámbito sanitario. Estos doce enunciados son:


I.- Derechos que afectan a la dignidad, intimidad de las personas y a la confidencialidad de las actuaciones sanitarias
II.- Derechos sobre la autonomía del paciente
III.- Derechos relacionados con la información genética
IV.- Derechos referidos a la investigación y experimentación científica
V.- Derechos referidos a la reproducción humana asistida
VI.- Derechos relacionados con la prestación de los servicios sanitarios
VII.- Derechos relativos a la documentación clínica
VIII.- Derechos encaminados a prevenir la enfermedad y proteger la salud
IX.- Derechos a la información de los servicios sanitarios y participación en la definición de la política sanitaria
X.- Derechos de los enfermos terminales
XI.- Derecho a garantía de calidad en la información de salud contenida en Internet.
XII.- Derecho a ser indemnizado por la Administración Sanitaria en los casos previstos en las leyes

El catálogo de deberes establece las obligaciones que tienen también los pacientes y usuarios dentro del sistema sanitario:

I.- Deber de cuidar la propia salud
II.- Deber de facilitar, verazmente, los datos sobre su estado físico
III.-Deber de hacer buen uso de los recursos, prestaciones y derechos
IV.-Deber de utilizar y disfrutar, de manera responsable, los centros y servicios sanitarios
V.- Deber de cumplir las prescripciones sanitarias comunes y específicas
VI.-Deber de respetar las actuaciones de promoción y prevención de la salud
VII.-Deber de firmar la negativa a las actuaciones sanitarias en su caso
VIII.-Deber de firmar el documento de alta voluntaria cuando no desee la asistencia que se le da
IX.- Deber de dejar constancia del rechazo a la información, si no desea recibirla
X.- Deber de mantener el respeto debido a la dignidad personal y profesional de todo el personal que presta sus servicios en los centros sanitarios
XI.- Deber de contribuir a la buena convivencia con los demás usuarios
XII.-Deber de respetar la dignidad de otros pacientes, usuarios y sus familiares, así como su derecho de recibir una adecuada asistencia sanitaria.



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